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Abogados Alimentos: quienes están obligados

Los ascendientes y descendientes. Entre ellos estarán obligados preferentemente los más próximos en grado y a igualdad de grados los que estén en mejores condiciones para proporcionarlos;
Los hermanos y medio hermanos.
Los cónyuges.

¿En el  de Matrimonio legalmente constituido y separado de hecho, puede la Esposa, solicitar  alimentos para sí misma?
Sí, perfectamente, en virtud de la plena vigencia del artículo 198 del Código Civil.

Nuestro Estudio cuenta con abogados de familia especialistas en alimentos. Consulte a nuestros abogados  de familia on line