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Familia y sucesiones , Divorcios

Abogados Divorcios: Disolucion y Liquidacion Sociedad Conyugal

Abogados Divorcios: Disolucion y Liquidacion Sociedad Conyugal Abogados de familia

El Estudio Jurídico cuenta con abogados de familia especialistas en Divorcios

Cuando se contrae matrimonio ambas partes forman una sociedad patrimonial. Desde allí todos los ingresos integrarán la llamada Sociedad Conyugal, la cual se  compone con los bienes gananciales (adquiridos después de la celebración del matrimonio), esta propiedad es 50% de cada cónyuge hayn aportado o no para su adquisición. Los bienes propios (adquiridos con anterioridad al matrimonio, o herencia, legado o donación durante por alguna de las partes), no integran la sociedad conyugal.
¿QUIEN SE ATRIBUYE EL HOGAR CONYUGAL?

En caso de separación, si hubiere un solo inmueble que satisfaga las necesidades mínimas de quien detente la tenencia de los hijos menores, el bien puede permanecer sin liquidarse hasta la mayoría de edad de los hijos.
¿QUE SON LOS BIENES GANANCIALES?
Los adquiridos después del matrimonio, indistintamente a nombre de cuál de los cónyuges.

¿CUALES SON LOS BIENES PROPIOS?

Los adquiridos antes de contraer matrimonio y los recibidos por herencia, legado o donación, entre otros.

¿SE PUEDE VENDER UN BIEN GANANCIAL SIN LA CONFORMIDAD DEL CONYUGE? No, no se puede vender ni gravar (hipotecar) un bien ganancial sin la conformidad del cónyuge.

¿SE PUEDE VENDER UN BIEN PROPIO SIN LA CONFORMIDAD DEL CONYUGE?
Si, salvo que dicho inmueble sea la sede del hogar conyugal y allí vivan los hijos menores.
Después de disuelta la sociedad conyugal también se necesita la conformidad del cónyuge si se dan esos recaudos o autorización del Juez.
¿ QUE DERECHOS OTORGA EL CONCUBINATO?
El concubinato, unión de hecho, o unión en aparente matrimonio otorga muy pocos derechos, entre ellos la pensión si se tienen más de 5 años de convivencia o menos de 5 años si se tiene un hijo. Pero es importante saber que el concubinato no otorga derecho a alimentos ni a la herencia.

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Abogados Divorcios on line, Divorcios a distancia

Abogados Divorcios on line, Divorcios a distancia Abogados de familia

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DIVORCIOS ON LINE. DIVORCIOS A DISTANCIA

El trámite de divorcio se puede realizar perfectamente si uno de los cónyuges o ambos se encuentran en el exterior. Para ello contáctese con nosotros vía email a info@vilarinoabogados.com.ar o bien telefónicamente (5411) 4-328-6763 y lo asesoraremos al respecto.

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Divorcios Mutuo Acuerdo

Divorcios Mutuo Acuerdo Abogados de familia

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DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO

En este caso es obligatorio  que ambos cónyuges estén de acuerdo en divorciarse, sin probar causas ni motivos.Lo puede solicitar uno con el consentimiento de su cónyuge). La demora del proceso es de casi  3 meses . (igual que en el  divorcio virtual o a distancia).

Abogados Divorcios Contradictorios

Abogados Divorcios Contradictorios Abogados de familia

Nuestro Estudio Jurídico cuenta con abogados de familia especialistas en divorcios contradictorios.

DIVORCIO CONTRADICTORIO

Este  tipo de divorcio es  cundo no hay  acuerdo entre los conyuges, así que cualquiera de los Conyuges puede iniciarlo  sin el consentimiento del otro. Suele demorar años.

Abogados Divorcios

Abogados Divorcios Abogados de familia

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El divorcio es la consecuencia de la decisión acordada entre los dos cónyuges o tan solo la voluntad de uno de ellos, según corresponda el caso, de disolver el vínculo matrimonial por las diferencias irreconciliables que se suscitaron en la pareja.

Transcurridos mas de tres años desde que los cónyuges se separaron de hecho cualquiera de ellos puede solicitar el divorcio vincular

TIPOS DE DIVORCIOS

-DE MUTUO ACUERDO

 En este divorcio es obligatorio  que ambos cónyuges estén de acuerdo en divorciarse, sin probar causas ni motivos.Lo puede solicitar uno con el consentimiento de su cónyuge). La demora del proceso es de casi  3 meses . (igual que en el  divorcio virtual o a distancia).

-DIVORCIO CONTRADICTORIO

Este dirvorcio  se dá cuando no hay  acuerdo entre los conyuges, así que cualquiera de los Conyuges puede iniciarlo  sin el consentimiento del otro. Suele demorar años.

Para que se pueda  iniciar este tipo de divorcio, se necesita  que uno de los cónyuges haya cometido a) adulterio  b) injurias graves b) haber atentado contra la vida del otro cónyuge o de sus hijos, c) que haya inducido al otro cónyuge a cometer un delito d) abandono voluntario y malicioso, en este caso no hay establecido un plazo mínimo, la demanda puede ser iniciada unilateralmente en cualquier momento, el cónyuge considerado  culpable debe pagar alimentos al inocente.

DOCUMENTACION NECESARIA PARA INICIAR UN DIVORCIO

Partida o Libreta de Matrimonio, si hay hijos Partidas de nacimiento de cada hijo, Fotocopia de DNI 1º y 2º hoja de cada cónyuge. En caso de que haya bienes, y si es necesaria su repartición judicial se deberá aportar cada título de propiedad y boleta de rentas de cada inmueble. Para el caso de que haya  automotores fotocopia de titulo Automotor.
La sociedad conyugal se disuelve con el dictado de la sentencia de divorcio, tiene  efectos retroactivos a la fecha presentación de la demanda en un divorcio por presentación conjunta, y a la fecha en es notificada la demanda de divorcio en caso de un juicio contradictorio.

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Abogados Divorcio Contradictorio

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DIVORCIO CONTRADICTORIO

Este  tipo de divorcio es  cuando no hay  acuerdo entre los conyuges, así que cualquiera de los Conyuges puede iniciarlo  sin el consentimiento del otro. Suele demorar años.

Abogados Divorcios: Sociedad Conyugal

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DIVORCIOS SOCIEDAD CONYUGAL: BIENES GANANCIALES


Son los bienes adquiridos después del matrimonio, indistintamente a nombre de cuál de los cónyuges.BIENES PROPIOS

Los adquiridos antes de contraer matrimonio y los recibidos por herencia, legado o donación, entre otros

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Abogados divorcio de Mutuo Acuerdo

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DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO

En este caso es obligatorio  que ambos cónyuges estén de acuerdo en divorciarse, sin probar causas ni motivos.Lo puede solicitar uno con el consentimiento de su cónyuge). La demora del proceso es de casi  3 meses . (igual que en el  divorcio virtual o a distancia).

En este tipo de divorcio es necesario que ambos cónyuges estén de acuerdo en divorciarse, sin probar causas ni motivos.Lo puede solicitar uno con el consentimiento de su cónyuge). La demora del proceso es de casi  3 meses . (igual que en el  divorcio virtual o a distancia).

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Abogados Divorcios: Disolucion y Liquidacion de la sociedad conyugal

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Cuando se contrae matrimonio ambas partes forman una sociedad patrimonial. Desde allí todos los ingresos integrarán la llamada Sociedad Conyugal, la cual se  compone con los bienes gananciales (adquiridos después de la celebración del matrimonio), esta propiedad es 50% de cada cónyuge hayn aportado o no para su adquisición. Los bienes propios (adquiridos con anterioridad al matrimonio, o herencia, legado o donación durante por alguna de las partes), no integran la sociedad conyugal.
¿QUIEN SE ATRIBUYE EL HOGAR CONYUGAL?

En caso de separación, si hubiere un solo inmueble que satisfaga las necesidades mínimas de quien detente la tenencia de los hijos menores, el bien puede permanecer sin liquidarse hasta la mayoría de edad de los hijos.
¿QUE SON LOS BIENES GANANCIALES?
Los adquiridos después del matrimonio, indistintamente a nombre de cuál de los cónyuges.

¿CUALES SON LOS BIENES PROPIOS?

Los adquiridos antes de contraer matrimonio y los recibidos por herencia, legado o donación, entre otros.

¿SE PUEDE VENDER UN BIEN GANANCIAL SIN LA CONFORMIDAD DEL CONYUGE? No, no se puede vender ni gravar (hipotecar) un bien ganancial sin la conformidad del cónyuge.

¿SE PUEDE VENDER UN BIEN PROPIO SIN LA CONFORMIDAD DEL CONYUGE?
Si, salvo que dicho inmueble sea la sede del hogar conyugal y allí vivan los hijos menores.
Después de disuelta la sociedad conyugal también se necesita la conformidad del cónyuge si se dan esos recaudos o autorización del Juez.
¿ QUE DERECHOS OTORGA EL CONCUBINATO?
El concubinato, unión de hecho, o unión en aparente matrimonio otorga muy pocos derechos, entre ellos la pensión si se tienen más de 5 años de convivencia o menos de 5 años si se tiene un hijo. Pero es importante saber que el concubinato no otorga derecho a alimentos ni a la herencia.

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Abogados Divorcios on line, divorcios a distancia

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DIVORCIOS ON LINE. DIVORCIOS A DISTANCIA

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Abogados Divorcios: Disolucion y Liquidacion de la sociedad conyugal

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Cuando se contrae matrimonio ambas partes forman una sociedad patrimonial. Desde allí todos los ingresos integrarán la llamada Sociedad Conyugal, la cual se  compone con los bienes gananciales (adquiridos después de la celebración del matrimonio), esta propiedad es 50% de cada cónyuge hayn aportado o no para su adquisición. Los bienes propios (adquiridos con anterioridad al matrimonio, o herencia, legado o donación durante por alguna de las partes), no integran la sociedad conyugal.
¿QUIEN SE ATRIBUYE EL HOGAR CONYUGAL?

En caso de separación, si hubiere un solo inmueble que satisfaga las necesidades mínimas de quien detente la tenencia de los hijos menores, el bien puede permanecer sin liquidarse hasta la mayoría de edad de los hijos.
¿QUE SON LOS BIENES GANANCIALES?
Los adquiridos después del matrimonio, indistintamente a nombre de cuál de los cónyuges.

¿CUALES SON LOS BIENES PROPIOS?

Los adquiridos antes de contraer matrimonio y los recibidos por herencia, legado o donación, entre otros.

¿SE PUEDE VENDER UN BIEN GANANCIAL SIN LA CONFORMIDAD DEL CONYUGE? No, no se puede vender ni gravar (hipotecar) un bien ganancial sin la conformidad del cónyuge.

¿SE PUEDE VENDER UN BIEN PROPIO SIN LA CONFORMIDAD DEL CONYUGE?
Si, salvo que dicho inmueble sea la sede del hogar conyugal y allí vivan los hijos menores.
Después de disuelta la sociedad conyugal también se necesita la conformidad del cónyuge si se dan esos recaudos o autorización del Juez.
¿ QUE DERECHOS OTORGA EL CONCUBINATO?
El concubinato, unión de hecho, o unión en aparente matrimonio otorga muy pocos derechos, entre ellos la pensión si se tienen más de 5 años de convivencia o menos de 5 años si se tiene un hijo. Pero es importante saber que el concubinato no otorga derecho a alimentos ni a la herencia.

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Abogados Divorcios : causas/jurisprudencia

Abogados Divorcios : causas/jurisprudencia Abogados de familia

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CAUSAS -SEPARACION DE HECHO- ART 204 Y 214, inc 2, Código Civil- INVOCACION- RECHAZO DE LAS CAUSALES SUBJETIVAS

No correponde decretar la separación personal o el divorcio vincular por la causal prevista en los art. 202 y 214 inc. del Código Civil, cuando ésta no fue invocada expresamente en la demanda y en la reconvención y se rechazan la causales subjetivas ( art 202) en las que los cónyuges sustentaron sus pretensiones.

C. NAC. CIV. en pleno 28/10/2010- M.,I.,L.v. O. J.O

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ABOGADOS DIVORCIOS:DIVORCIO VINCULAR Y SEPARACION PERSONAL RECHAZO DE CAUSALES SUBJETIVAS

ABOGADOS DIVORCIOS:DIVORCIO VINCULAR Y SEPARACION PERSONAL RECHAZO DE CAUSALES SUBJETIVAS Abogados de familia

ABOGADOS DIVORCIOS: DIVORCIO VINCULAR Y SEPARACIÓN PERSONAL. RECHAZO DE CAUSALES SUBJETIVAS.

No corresponde decretar la separación personal o el divorcio vincular por la causal prevista en los arts. 204 y 214, inc. 2, CCiv., cuando  ésta no fue invocada espresamente en la demanda y en la reconvención y se rechazan las causales subjetivas –art.202, CCiv.- en las que los cónyuges sustentaron sus pretenciones.

C.NAC.CIV., en pleno, 28/10/2010- M.,I.L. v. O., J.O.

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ABOGADOS DIVORCIO: TRANSFORMACION DE DIVORCIO CONTRADITORIO EN DEIVORCIO POR DEMANDA CONJUNTA

ABOGADOS DIVORCIO: TRANSFORMACION DE DIVORCIO CONTRADITORIO EN DEIVORCIO POR DEMANDA CONJUNTA Abogados de familia

ABOGADOS DIVORCIO: TRANSFORMACIÓN DE DIVORCIO CONTRADITORIO EN DIVORCIO POR DEMANDA CONJUNTA.

 

Debe hacerse lugar al recurso y revocarse el fallo del tribunal de familia en cuanto determinó la disolución de la sociedad conyugal con efecto retroactivo a la fecha de la transformación de la demanda de divorcio con culpa en divorcio por presentación conjunta, debiendo tenerse por fecha de la disolución la de la presentación inicial de la demanda de divorcio (art. 68 y 289, CPCC BS.AS.).

SUP.CORTE BS.AS., 14/4/2010-R.S.M.C. v.S-,J.C.

 

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Abogados Divorcios:Deber de fidelidad posterior a la separacion de hecho

Abogados Divorcios:Deber de fidelidad posterior a la separacion de hecho Abogados de familia

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Abogados Divorcios: Deber de fidelidad posterior a la separación de hecho

1- Partiendo de la existencia de un acuerdo entre los cónyuges en el cual se establecía que el esposo se retiraba del hogar conyugal, cabe concluir que la separción fue voluntaria y consentida por ambos cónyuges.
2-De aceptarse que el deber de fidelidad debe ser observado de manera permanente en tanto el vínculo matrimonial subsista, en los supestos de mediar una separación de hecho, se condenaría a los cónyuges a una suerte de celibato temporal o perpetuo, lo que no sólo es poco valioso sino que coincide con aquello que la realidad social demuestra a diario.
3- Si no existieran elementos que permitan tener po acreditado que el supuesto incumplimiento del deber de fidelidad fuera anterior al momento de la separación de hecho, corresponde rechazar la cuasal de injurias graves fundada en este motivo.
4-Suprimida por uno de los cóyuges, la convivencia sin voluntad de unirse, el deber de fidelidad se atenúa o bien desaparece, pues una persona que vive sola no puede estar obligada a actuar como casada en todos los ámbitos de su vida.
5-Si la sepación de hecho fue acordada por los cónyuges, cualquiera de ellos. que con posterioridad a la separación de hecho, pretendiera alegar violación al deber de fidelidad, no estaría sino invocando su propia torpeza, en el sentido de que si la cesación de la convivencia ha sido convenida, no se advierte como el cónyuge reclamante pueda verse afectado por la conducta desplegada por el otro.

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ABOGADOS DIVORCIOS: SOBRE LA PRESUNCION DE LA PATERNIDAD MATRIMONIAL EN CASO DE SEPARACION DE HECHO

ABOGADOS DIVORCIOS: SOBRE LA PRESUNCION DE LA PATERNIDAD MATRIMONIAL EN CASO DE SEPARACION DE HECHO Abogados de familia


ABOGADOS DIVORCIO: SOBRE LA PRESUNCION DE LA PATERNIDAD MATRIMONIAL EN CASO DE SEPARACION DE HECHO.

1º-Entre los requisitos básicos para que opere la presunción legal de paternidad del marido establecida en la 1ª parte del art. 243, está, además de la filiación materna acreditada; el matrimonio entre esta madre y el marido, a quien se le atribuye la paternidad y el nacimiento durante el matrimonio, es decir, antes de que hayan transcurrido los trescientos días desde- en el caso-, la separación de hecho de los cónyuges.
2º-A la demanda interpuesta por el tercero interesado, por invocar su carácter de padre biológico de un menor, y que se apunta a que no se hallan reunidos los requisitos básicos para que la presunción legal funcione en el supuesto, no es admisible aplicarle las restricciones que emergen del art.259, CCiv., respecto a la legitimación activa.
3º-La separación de hecho será siempre un hecho impeditivo que deberá ser alegado y probado por quien pretenda  descartar la presunción de paternidad del marido, prevista por el art.243, CCIV., trátese de éste o de un tercero- el que a su vez pretende reconocer como suyo al hijo-, será menester destruir la presunción de cohabitación que a priori subsiste, en la medida en que  no se ha decretado el divorcio o la nulidad del matrimonio, o no se ha interpuesto demanda.
4º- Si hubiera quedado acreditado que el matrimonio se separó de hecho en el período que la ley determina para la concepción, ha quedado destruida la presunción de paternidad del marido de la madre, de allí que debe procederse a notificar al Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de la Ciudad de Buenos Aires, que quien fuera el esposo de la madre, no es el padre del niño nacido cuando ya se había cumplido con exceso el término de trescientos días señalado como plazo máximo legal previsto para la concepción.
C.NAC.CIV, sala J, 28/12/2010-L.G.D.v.R.,S..M.
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ABOGADOS DIVORCIO: TRANSFORMACION DE DIVORCIO CONTRADITORIO EN DIVORCIO CONJUNTO

ABOGADOS DIVORCIO: TRANSFORMACION DE DIVORCIO CONTRADITORIO EN DIVORCIO CONJUNTO Abogados de familia

 

ABOGADOS DIVORCIO: TRANSFORMACIÓN DE DIVORCIO CONTRADITORIO EN DIVORCIO POR DEMANDA CONJUNTA.

 

Debe hacerse lugar al recurso y revocarse el fallo del tribunal de familia en cuanto determinó la disolución de la sociedad conyugal con efecto retroactivo a la fecha de la transformación de la demanda de divorcio con culpa en divorcio por presentación conjunta, debiendo tenerse por fecha de la disolución la de la presentación inicial de la demanda de divorcio (art. 68 y 289, CPCC BS.AS.).

SUP.CORTE BS.AS., 14/4/2010-R.S.M.C. v.S-,J.C.

ABOGADOS DIVORCIO: DE LA DISOLUCION DEL VINCULO

ABOGADOS DIVORCIO: DE LA DISOLUCION DEL VINCULO Abogados de familia

 

ABOGADOS DIVORCIO: DE LA DISOLUCIÓN DEL VÍNCULO.

El vínculo matrimonial se disuelve:
-Por la muerte de uno de los esposos.
-Por el matrimonio que contrajere el cónyuge del declarado ausente con presunción de fallecimiento.
-Por sentencia de divorcio vincular.

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ABOGADOS DIVORCIOS: SEPARACION PERSONAL

ABOGADOS DIVORCIOS: SEPARACION PERSONAL Abogados de familia

 

ABOGADOS DIVORCIOS: SEPARACION PERSONAL.

Son causas de separación personal.
- El adulterio.
- La tentativa de uno de los cónyuges contra la vida de otro o de los hijos, sean comunes o no, ya que como autor principal, cómplice o instigador.
- La instigación de uno de los cónyuges al otro a cometer delitos.
- Las injurias graves. Para su apreciación el juez tomará en consideración la educación, posición social y demás circunstancias de hecho que puedan presentarse.
- El abandono voluntario y malicioso.

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ABOGADOS DIVORCIO: DIVORCIO VINCULAR

ABOGADOS DIVORCIO: DIVORCIO VINCULAR Abogados de familia

ABOGADOS DIVORCIO: DIVORCIO VINCULAR

Deducida la acción de separación personal o de divorcio vincular, o antes de ella en casos de urgencia, podrá el juez decidir si alguno de los cónyuges debe retirarse del hogar conyugal, o ser reintegrado a él, determinar a quien corresponda la guarda de los hijos con arreglo a las disposiciones del código civil y  fijar los alimentos  que deban prestarse al cónyuge a quien correspondiere recibirlos y a los hijos, así como las expensas necesarias al juicio.
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ABOGADOS DIVORCIO: EXTINCION DEL DIVORCIO VINCULAR

ABOGADOS DIVORCIO: EXTINCION DEL DIVORCIO VINCULAR Abogados de familia


ABOGADOS DIVORCIO: EXTINCIÓN DEL DIVORCIO VINCULAR.

Se extinguirá la acción de separación personal o de divorcio vincular y cesarán los efectos de la sentencia de separación personal, cuando los cónyuges se hubieren  reconciliado después de los que autorizaban la acción. La reconciliación restituirá todo al estado anterior a la demanda. Se presumirá la reconciliación, si los cónyuges reanudarán la cohabitación.
La reconciliación posterior a la sentencia firme de divorcio vincular sólo tendrá efectos mediante la celebración de un nuevo matrimonio.
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ABOGADOS DIVORCIO: CELEBRACION DE ACUERDOS

ABOGADOS DIVORCIO: CELEBRACION DE ACUERDOS Abogados de familia


ABOGADOS  DE DIVORCIOS: CELEBRACIÓN DE ACUERDOS.


EL ESTUDIO  CUENTA CON  ABOGADOS ESPECIALISTAS EN CELEBRACIÓN DE ACUERDOS  DE DIVORCIO ( CONVENIO REGULADOR)  ESTABLECIDO EN EL NUEVO CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL,

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ABOGADOS DIVORCIOS: LA EMPRESA FAMILIAR

ABOGADOS DIVORCIOS: LA EMPRESA FAMILIAR Abogados de familia

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ABOGADOS DIVORCIOS: LA EMPRESA FAMILIAR.
Respecto de la manera de liquidar este bien, la mayor dificultad es determinar su valor, en el que hay que considerar la parte material (valor del inmueble, si es propiedad, instalaciones, materias primas, etc.) y su valor como fondo de comercio. Una vez establecido, el cónyuge que continuará con la explotación deberá abonar al otro el 50% del valor total -en caso de ser totalmente ganancial- o de la parte ganancial que se haya podido determinar, en caso de ser originariamente propio y que se haya capitalizado a lo largo del matrimonio. 
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Abogados Divorcios: Disolucion del vinculo

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ABOGADOS DIVORCIO: DE LA DISOLUCIÓN DEL VÍNCULO.

El vínculo matrimonial se disuelve:
-Por la muerte de uno de los esposos.
-Por el matrimonio que contrajere el cónyuge del declarado ausente con presunción de fallecimiento.
-Por sentencia de divorcio vincular.

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Abogados Divorcios Como se liquida una empresa familiar

Abogados Divorcios Como se liquida una empresa familiar Abogados de familia

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ABOGADOS DIVORCIO: LA EMPRESA FAMILIAR.
Respecto de la manera de liquidar este bien, la mayor dificultad es determinar su valor, en el que hay que considerar la parte material (valor del inmueble, si es propiedad, instalaciones, materias primas, etc.) y su valor como fondo de comercio. Una vez establecido, el cónyuge que continuará con la explotación deberá abonar al otro el 50% del valor total -en caso de ser totalmente ganancial- o de la parte ganancial que se haya podido determinar, en caso de ser originariamente propio y que se haya capitalizado a lo largo del matrimonio. Es conveniente evitar que los conflictos que suscinte esta negociación y las actuaciones del divorcio, lleven al cónyuge que no maneja el negocio a solicitar medidas judiciales, como intervención o pericias contables, que son muy costosas y perturban el funcionamiento de la empresa. Una vez acordado los valores, hay que intenar ponerse de acuerdo en la manera de pagarle al otro u otra la parte que le toca. Este pago puede hacerse mediante compensación con otros bienes, plazos de pagos o los modos que puedan convenir, ya que si no logran ponerse de acuerdo habrá que vender la empresa para distribuirse el dinero, o rematarla judicialmente si no hay acuerdo tampoco para su venta.
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Abogados Divorcios: Como divorciarse desde el exterior

Abogados Divorcios: Como divorciarse desde el exterior Abogados de familia

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DIVORCIOS : Como divorciarse desde el exterior

El trámite de divorcio se puede realizar perfectamente si uno de los cónyuges o ambos se encuentran en el exterior. Para ello contáctese con nosotros vía email a info@vilarinoabogados.com.ar o bien telefónicamente (5411) 4-328-6763 y lo asesoraremos al respecto.

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Abogados de Divorcios Daños y perjuicios

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Los ilicitos producidos por uno de los esposos obliga a reparar los daños y perjuicios al esposo inocente con aplicación de la responsabilidad establecida en el Código Civil.

Abogados de Divorcios: Que sucede cuando hay un acuerdo de separacion

Abogados de Divorcios: Que sucede cuando hay un acuerdo de separacion Abogados de familia

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Divorcios. Separación acordada

Ante la existencia de un acuerdo de separación entre los esposos en cual se determina que uno se va del hogar, se entiende que dicha separación es voluntaria y acordada por ambos conyuges